De acuerdo al Reglamento del Plan de Estudios 1993 el estudiante que se encuentra habilitado a cursar el Internado es aquel que tiene cursadas y aprobadas todas las materias integradas e independientes del primero, segundo y tercer ciclo.
La provisión de cargos será realizada por la Facultad, teniéndose en cuenta el promedio de la escolaridad del estudiante.
Para ello el estudiante debe inscribirse en la Bedelía (a los efectos de una mejor planificación) en los plazos establecidos para la inscripción.
Bedelía elaborará la lista de estudiantes habilitados a cursar el Internado, ordenada de acuerdo al promedio de las escolaridades, y se elevará a la cátedra para la elección de las plazas del Internado.
El estudiante Art. 48: "Deberá cumplir con el Programa de Internado y alcanzar el perfil establecido. No podrá usufructuar licencia, las inasistencias se admitirán en igual porcentaje que en los ciclos anteriores (10 %)".
Art. 49: "La evaluación final se realizará entre la institución asistencial y la institución formadora y su aprobación se calificará con puntaje y nota, el mínimo de aprobación corresponde al bueno (B). Las fechas de inicio de los cursos a la 1era. y 2da. rotación, se publican a principio de año".
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